Contáctenos Aquí

!--Start of Tawk.to Script-->

lunes, 1 de agosto de 2016

Hacienda anuncia ajustes que agregan otras excepciones al pago de IVA a la vivienda



  • Los proyectos inmobiliarios que cuenten con un permiso de construcción durante 2015 y cuya obra finalice durante 2016 quedarán exentas del gravamen.
Fuente: El Mercurio
Hacienda - Ajustes al IVA
Hacienda anuncia ajustes que agregan otras excepciones al pago de IVA a la vivienda
Mariana Penaforte, Antonio Collados y Luiz Musquiz
Es un sector que sigue aportando al empleo y a la actividad. La construcción cumplió un importante rol durante este año y podría seguir dinamizando la economía en 2016.
Consciente de ello, el Ministerio de Hacienda anunció ayer algunos ajustes a la aplicación del IVA a la vivienda, dado que se estableció en la reforma tributaria que a partir del próximo año la venta de propiedades estará afecta a dicho gravamen, que asciende a un 19%.
El subsecretario de la cartera, Alejandro Micco, precisó las simplificaciones que ingresarán la próxima semana al Congreso en el proyecto de ley de ajustes a la reforma tributaria, tras reunirse con representantes de la Cámara Chilena de la Construcción (CChC) y de la Asociación de Desarrolladores Inmobiliarios.
Así, Micco anunció que los proyectos inmobiliarios que cuenten con un permiso de construcción durante 2015 y cuya obra finalice durante 2016 quedarán exentas de IVA, sin necesidad de promesar las ventas.
1 ¿Por qué esa medida fue valorada por el mercado?
Porque la exención del IVA va a ser para la edificación completa y no para la parcialidad de departamentos que se alcanzaron a vender o promesar. “Es una situación de cálculo de IVA mucho más simple, porque la regla vale para el edificio completo. Sin embargo, el espacio de ventas para el próximo año es acotado, porque casi todo ya está prometido y el resto se dará durante 2016, pero la venta no va a ser tan importante como la de este año”, explica Javier Hurtado, gerente de estudios de la Cámara Chilena de la Construcción.
2 ¿Para que una obra se considere como finalizada en 2016, la inmobiliaria tiene que tener la recepción municipal otorgada?
No necesariamente. Según la CChC, uno de los ajustes informados por Hacienda es que la fecha de término de la obra pueda ser considerada como el día en que la empresa ingresó la solicitud de recepción municipal, y no en el día en que la municipalidad la otorgue, lo que puede demorar muchos meses.
Ello busca evitar que la espera se traspase a 2017 o el atochamiento en la recepción municipal a fines de 2016.
3 ¿Cuántas viviendas quedarían exentasdel pago de IVA elpróximo año?
Según Cristián Hartwig, presidente de la Asociación de Desarrolladores Inmobiliarios (ADI), “este año han sido más de 100 mil las ventas (de viviendas) y probablemente esas van a quedar absolutamente exentas del pago de IVA”. Afirmó que desde el punto de vista de la construcción -no de la parte comercial- habrá un mayor dinamismo para el sector el próximo año, en la cantidad de trabajadores y materiales que se compran para finalizar la construcción de las viviendas en desarrollo.
4 Si compro undepartamento o casa en 2016, ¿en qué casos nopago IVA?
Cuando el vendedor no es habitual, no se dedica a la compraventa de inmuebles; cuando el comprador cuenta con promesa celebrada válidamente antes del 1 de enero de 2016; cuando la propiedad tiene permiso de edificación otorgado con anterioridad al 1 de enero de 2016 y su construcción finaliza durante ese año.
5 Si celebro una promesa de compraventa en lo que resta de 2015, ¿pago IVA al momento de comprar?
No, independiente de que la compra definitiva se haga en 2016, 2017 o cualquier otro año. Lo importante es que la persona haya firmado válidamente una promesa de compra antes del 1 de enero de 2016.
6 Si compro una casa o departamento usado, ¿pago IVA?
No se paga IVA si la compra es a un vendedor que no es habitual, como ocurre en la mayoría de los casos, independiente de si la compra se realizó en 2016, 2017 o más adelante. Si la compra es a un vendedor habitual como una inmobiliaria, habrá pago de IVA.
7 Si vendo mi casa odepartamento,¿pago IVA?
No pago IVA si no soy vendedor habitual, que es lo que ocurre en la mayoría de los casos.
8 ¿Qué pasa si compro una casa o departamento con subsidio delMinisterio de Vivienda?
El subsecretario Micco anunció ayer que ninguna propiedad quedará afecta al pago del IVA si se compró con subsidio, independiente del monto que haya alcanzado el aporte estatal.
CPC alista propuesta tributaria y pide acuerdo al Gobierno
Tras confirmarse que el Gobierno enviará la próxima semana al Congreso el proyecto de ley que simplifica la reforma tributaria, la Confederación de la Producción y del Comercio (CPC) trabaja a toda marcha en la elaboración de su propuesta alternativa. El presidente de la multigremial, Alberto Salas, manifestó ayer al finalizar una sesión del comité ejecutivo de la CPC y tras sostener una reunión con los abogados Juan Manuel Baraona y Soledad Recabarren, que el objetivo es entregarle el informe al Gobierno lo antes posible -ojalá esta semana- para que evalúe el estudio.
Salas sostuvo que “lo principal es ver cómo logramos una reforma que permita recaudar lo que el Gobierno necesita para sus gastos”, pero al mismo tiempo que el proyecto de ley sea entendible para los contribuyentes y que fomente el ahorro y la inversión. Asimismo, señaló que pese a las complejidades, se deben buscar esos acuerdos con el Ejecutivo.
Expertos advierten riesgo de “caos interpretativo” en aplicación de norma antielusiva genérica
Ferdinand Kirchhof, vicepresidente del tribunal constitucional de la República Federal de Alemania, advirtió el riesgo de que en Chile se genere un “caos”, o un ambiente de incerteza jurídica, durante los años que tarden los tribunales en formar una jurisprudencia, y los académicos una doctrina, que interpreten de manera uniforme la nueva norma antielusiva genérica de la ley de reforma tributaria.
Estas declaraciones las hizo Kirchhof en el marco del seminario “Aspectos constitucionales y legales de la normativa antielusión tributaria: mirada extranjera y chilena”, organizado por el Instituto Chileno de Derecho Tributario y patrocinado por la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile.
En la ocasión, Ramiro Mendoza, ex contralor general de la República y decano de la Facultad de Derecho de la Universidad Adolfo Ibáñez, señaló que la inversión de la carga de la prueba en contra del contribuyente llevaría a que sean quienes pagan impuestos al fisco los que deban probar que lo hacen de buena fe. “Siempre existirá el riesgo de que el SII despierte una mala fe que está latente, entonces se pierde la buena fe como principio”, aseveró Mendoza.
Al respecto, Enrique Navarro, profesor de derecho constitucional de la Universidad de Chile, aseguró que esta norma sería contraria a la Constitución, porque afecta la presunción de inocencia, vulnerando la garantía fundamental del derecho a un proceso justo y racional.
FUT acumulado se retiraría a una tasa promedio
Uno de los puntos que priorizó Hacienda para el proyecto de ley de ajustes a la reforma tributaria que ingresa la próxima semana al Congreso es la simplificación de los sistemas y registros. En ese sentido, el ministerio trabajó en la simplificación de los créditos que las empresas tienen de las platas que dejaron acumuladas a través de los años en el FUT. Para retirar, hoy deben recurrir a la más antigua y hay distintas tasa de impuesto de primera categoría para distintos años. Entre 1977 y 1990 ascendía a 10%; entre 1991 y 2001, a 15%; en 2002 fue 16%; en 2003 subió a 16,5%; entre 2004 y 2010 estuvo en 17%, y de 2011 a 2013 se mantuvo en 20%. La reforma tributaria la sube gradualmente, hasta un 27% en 2018.
Así, para simplificar dichos retiros y unificar los registros, una de las propuestas que trabajó Hacienda con los distintos actores fue que las empresas puedan retirar ahora a una tasa promedio, que varía para cada compañía, dependiendo de cuánto dejó acumulado por año y cuál era el impuesto de primera categoría en ese instante.
Otra de las posibilidades que evalúa Hacienda es que algunas normas puedan ser retroactivas, en caso de que el proyecto de ajustes no se apruebe en enero de este año, sino que en marzo, dado que hay distintas cosas que entran a regir a partir del primer mes de 2016. De hecho, esa fue una de las consultas que recibió el coordinador de políticas tributarias del Ministerio de Hacienda, Alberto Cuevas, durante el almuerzo tributario de Enade la semana pasada. Según señala, Francisco Selamé, socio líder legal y tributario de PwC, este puede ser el caso del pago de IVA de las operaciones de leasinginmobiliario. Eventualmente, se tendría que devolver el pago del impuesto, si esto se llega a cancelar en los meses de enero, febrero y marzo, por ejemplo.